Objeto
El Código Ético de AGACOM tiene como finalidad establecer las pautas que han de presidir el comportamiento ético de todos sus miembros y asociados en su desempeño diario, en lo que respecta a las relaciones e interacciones que mantiene con todos sus grupos de interés. Éstos son los propios asociados, los asociados, los proveedores y colaboradores externos, las instituciones públicas y privadas y la sociedad en general.
Este Código Ético se basa en la definición de la Misión, Visión, Valores y Principios de AGACOM , a la que complementa, y constituye una guía de actuación para asegurar un comportamiento adecuado en el desempeño profesional de sus asociados, de acuerdo con la legislación vigente como por la normativa interna establecida.
El Código Ético de AGACOM refleja el principio de diligencia debida aplicado por AGACOM para la prevención, detección y erradicación de irregularidades relacionadas con incumplimientos del Código y de las normas internas establecidas, incluyendo aquellas que hacen referencia a ilícitos penales. La compañía entiende que la diligencia en estas materias requiere, entre otros, diseñar e implantar modelos de control que analicen regularmente los riesgos en los asuntos contemplados en este Código, aseguren el conocimiento de las normas en la organización, definan responsabilidades y establezcan procedimientos que permitan la notificación confidencial de irregularidades así como su resolución.
La compañía entiende que los procedimientos que tiene implantados, incluyendo el Modelo de Prevención Penal, le permiten dar respuesta a los elementos anteriores.
Ámbito de aplicación
El Código Ético de AGACOM va dirigido a sus miembros, directivos y en general a todo el personal de AGACOM, con independencia de la posición que ocupen o del lugar en el que desempeñen su trabajo. Las pautas de conducta contenidas en este Código son de obligado cumplimiento y afectan a todas las empresas participadas en las que AGACOM tenga el control de la gestión. Por otra parte, la Asociación promoverá e incentivará entre sus proveedores y empresas colaboradoras la adopción de pautas de comportamiento consistentes con las que se definen en este Código Ético.
Cuando las circunstancias así lo aconsejen, la compañía podrá solicitar a sus proveedores, empresas colaboradoras y contrapartes que formalicen su compromiso con el cumplimiento del Código o con las pautas que establece. Del mismo modo, la aplicación del Código podrá hacerse extensiva a cualquier persona u organización vinculada con AGACOM cuando la compañía lo entienda conveniente y la naturaleza de la relación lo haga posible.
La Junta Directiva de AGACOM pondrán todos los medios que estén a su alcance para difundir la Misión, Visión, Valores y Principios de AGACOM, y hacer cumplir las pautas de conducta contenidas en este Código. Asimismo, serán modelo de referencia en su comportamiento y nivel de cumplimiento del Código.
Los criterios de conducta recogidos en este Código no pretenden contemplar la totalidad de situaciones o circunstancias con las que los asociados de AGACOM se pueden encontrar, sino establecer unas pautas generales de conducta que les orienten en su forma de actuar durante el desempeño de su actividad profesional.
Pilares del Código de Conducta
AGACOM considera que la confianza de sus asociados, proveedores y colaboradores externos, así como del entorno social en el que desarrolla su actividad, se fundamenta en la integridad y responsabilidad en el desempeño profesional de cada uno de sus asociados.
La integridad se entiende como la actuación ética, honrada y de buena fé. La responsabilidad profesional se entiende como la actuación proactiva, eficiente y enfocada a la excelencia, la calidad y la voluntad de servicio.
AGACOM espera de todos sus asociados un comportamiento íntegro y responsable en el desempeño de sus funciones. Asimismo, AGACOM también espera que sus proveedores y colaboradores externos mantengan un comportamiento acorde con estos principios. Todos los asociados de AGACOM pueden consultar cualquier duda sobre la interpretación de las pautas de conducta que aparecen en este Código y deberán informar, de buena fe y sin temor a represalias, cualquier incumplimiento de las pautas del Código que observen en su desempeño profesional, a su superior jerárquico o a la Dirección de la compañía.
Principios estructurales éticos
El Código Ético determina pautas específicas de actuación en las siguientes áreas de contenidos:
- Respeto a la legalidad, derechos humanos y a los valores éticos.
- Respeto a las
- Conflictos de interés.
- Desarrollo profesional e igualdad de
- Cooperación y dedicación.
- Corrupción y
- Pagos irregulares y blanqueo de capitales.
- Imagen y reputación corporativa.
- Lealtad a la empresa y conflictos de intereses.
- Tratamiento de la información y del conocimiento.
- Relaciones con los asociados.
- Relaciones con empresas colaboradoras y proveedores de servicios.
- Respeto al medio ambiente
Respeto a la legalidad, derechos humanos y a los valores éticos
AGACOM asume el compromiso de actuar en todo momento de acuerdo con la legislación vigente, con el Sistema Normativo interno establecido con las prácticas éticas internacionalmente aceptadas, con total respeto hacia los derechos humanos y las libertades públicas.
Todos los asociados de la Asociación deben cumplir las leyes vigentes donde desarrollan su actividad, atendiendo al espíritu y la finalidad de las mismas, y observando en todas sus actuaciones un comportamiento ético. Asimismo, deben evitar cualquier conducta, que aún sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de la asociación ante la comunidad, el gobierno del país u otros organismos, y afectar de manera negativa a sus intereses.
Los asociados de AGACOM deben actuar con honradez e integridad en todos sus contactos o transacciones con las autoridades y funcionarios de los diferentes gobiernos y administraciones, asegurando que toda la información y certificaciones que presenten, así como las declaraciones que realicen, sean veraces.
Todos los asociados deben conocer las leyes que afecten a su trabajo, solicitando, en su caso, la información precisa a través de su superior o de las instancias que correspondan. Ningún empleado colaborará conscientemente con terceros en la violación de ninguna ley, ni participará en ninguna actuación que comprometa el respeto al principio de legalidad. Por su parte, la compañía pondrá los medios necesarios para que sus asociados conozcan, en cada momento, la normativa externa e interna relevante para las funciones que desempeñen, y establecerá los modelos de control interno necesarios que aseguren el cumplimiento de la legalidad y valores éticos.
Respeto a las personas
AGACOM rechaza cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio u ofensivo con los derechos de las personas. Los asociados de AGACOM deben tratarse con respeto propiciando unas relaciones cordiales y un entorno de trabajo agradable, saludable y seguro. Todos los asociados tienen la obligación de tratar de forma justa y respetuosa a sus compañeros. De la misma forma, las relaciones entre los asociados de la Asociación y los de las empresas o entidades colaboradoras externas estarán basadas en el respeto profesional y la colaboración mutua.
Conflictos de intereses
Los asociados de AGACOM deben evitar cualquier situación que pueda crear un conflicto o apariencia de conflicto entre sus intereses privados y los intereses de la asociación. Un conflicto de interés surge en cualquier situación en la que los asociados de AGACOM usen o puedan usar sus contactos o posición en la asociación para mejorar o conseguir determinados intereses personales, comerciales o financieros así como en los intereses personales, comerciales o financieros de miembros de su familia, ya sea a expensas de la asociación o no. Los asociados de AGACOM actuarán de manera objetiva y profesional cuando interactúan con terceros, teniendo siempre en cuenta los intereses de la asociación. Los asociados deben mantener su objetividad y profesionalidad y abstenerse de llevar a cabo cualquier conducta o acción, incluyendo las transacciones privadas con patrocinadores o terceros, que pudieran afectar a la asociación, tanto de hecho como potencialmente.
Desarrollo profesional e igualdad de oportunidades
AGACOM promueve el desarrollo profesional y personal de todos sus asociados, asegurando la publicidad de los Estatutos y normas internas que se acuerden a través de sus políticas de actuación. No acepta ningún tipo de discriminación en el ámbito laboral o profesional por motivos de edad, raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional, origen social o discapacidad.
Además, AGACOM apoya y se compromete en la aplicación de las políticas públicas establecidas para promover una mayor igualdad de oportunidades y para el fomento de una cultura corporativa basada en el mérito. La selección y desempeño al servicio de AGACOM se fundamenta en las competencias y el desempeño de las funciones profesionales, y en los criterios de mérito y capacidad definidos en los requisitos de las tareas encomendadas. Todos los asociados pueden participar de manera activa en los planes de formación que la Asociación pone a su disposición, implicándose en su propio desarrollo y comprometiéndose a mantener actualizados los conocimientos y competencias necesarias, con el fin de propiciar su progreso profesional y aportar valor a los asociados y a la sociedad en general. Las personas que ejercen cargos de responsabilidad en la Junta Directiva deben actuar como facilitadores del desarrollo profesional de sus asociados, de forma que se propicien su crecimiento competencial en la Asociación.
Cooperación y dedicación
AGACOM propicia un entorno de cooperación y trabajo en equipo para un mejor aprovechamiento de todas las capacidades y recursos. Todos los asociados de la Asociación y de la Junta Directiva deben actuar con espíritu de colaboración, poniendo a disposición de los asociados los conocimientos o recursos que puedan facilitar la consecución de los objetivos e intereses del grupo.
Corrupción y soborno
La corrupción y el soborno aparecen cuando los asociados hacen uso de prácticas no éticas para la obtención de algún beneficio para la asociación o para ellos mismos.
AGACOM se declara contrario a influir sobre la voluntad de personas ajenas a la asociación para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar esas prácticas con sus asociados. Los asociados y Junta Directiva de la Asociación no podrán aceptar ni directa ni indirectamente obsequios o compensaciones de ningún tipo que tengan por objeto influir de manera impropia en sus relaciones formativas, profesionales o administrativas, tanto con entidades públicas como privadas.
Asimismo, los asociados no podrán hacer, ni directa ni indirectamente, pagos, obsequios o compensaciones de cualquier tipo que no se consideren propios del curso normal de los negocios, para tratar de influir de manera impropia en sus relaciones formativas, profesionales o administrativas, tanto con entidades públicas como privadas.
Aquellos terceros a los que AGACOM pueda recurrir para el desarrollo de la asociación deberán asumir, en sus relaciones con entidades privadas y públicas, compromisos similares a los que se recogen en este Código. Adicionalmente, los asociados en el desarrollo de sus funciones profesionales velarán por el cumplimiento de estas medidas establecido para evitar irregularidades y ventajas indebidas en la relación de la asociación con terceros.
Pagos irregulares y blanqueo de capitales
AGACOM establece políticas para prevenir y evitar en el transcurso de sus operaciones la realización de pagos irregulares o blanqueo de capitales con origen en actividades ilícitas o delictivas. Las citadas políticas establecen controles específicos sobre aquellas transacciones económicas, tanto cobros como pagos de cuotas o cursos o de cualquier otra naturaleza o importe inusual realizados en efectivo o con cheques al portador, así como sobre todos aquellos pagos realizados a entidades con cuentas bancarias abiertas en paraísos fiscales, identificando en todos los casos la titularidad de las mismas. Los asociados de AGACOM permanecerán alerta frente a aquellos casos en los que pudieran existir indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que la Asociación mantiene relaciones.
Imagen y reputación corporativa
AGACOM considera que uno de los elementos básicos que contribuyen a su imagen y reputación corporativa es el establecimiento de relaciones de ciudadanía responsable en aquellas comunidades en las que desarrolla su actividad.
AGACOM considera su imagen y reputación corporativa como uno de sus activos más valiosos para preservar la confianza de sus asociados, proveedores, autoridades, y de la sociedad en general. Todos los asociados deben poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de la compañía en todas sus actuaciones profesionales. Igualmente, vigilarán el respeto y uso correcto y adecuado de la imagen y reputación corporativa por parte de los asociados y de otras empresas colaboradoras. Los asociados han de ser especialmente cuidadosos en cualquier intervención pública, debiendo contar con la autorización necesaria para intervenir ante los medios de comunicación, participar en jornadas profesionales o seminarios y en cualquier otro evento que pueda tener una difusión pública (incluidos los comentarios en redes sociales), siempre que aparezcan como asociados.
AGACOM no financia a los partidos políticos ni a sus representantes o candidatos. La vinculación o colaboración de los asociados con partidos políticos se realizará a título personal y será ajena totalmente a las actividades de la asociación. La asociación aplicará la debida diligencia para asegurar la respetabilidad de las organizaciones y las causas a las que está apoyando, cumpliendo con la normativa interna establecida, que incluye el proceso de Due Diligence de contraparte, el cual analiza, entre otros, el riesgo reputacional. Regularmente, la asociación hará público los nombres de las principales organizaciones a las que apoya a través de sus actividades sociales.
Lealtad a la empresa y conflictos de intereses
Los conflictos de interés aparecen en aquellas circunstancias donde los intereses personales de los asociados, de forma directa o indirecta, son contrarios o entran en colisión con los intereses de la asociación, interfieren en el cumplimiento recto de sus deberes y responsabilidades profesionales o les involucran a título personal en alguna transacción u operación económica de la asociación. AGACOM considera que la relación con sus asociados debe basarse en la lealtad que nace de unos intereses comunes. En este sentido, respeta la participación de sus asociados en otras actividades financieras o empresariales siempre que sean legales y no entren en concurrencia desleal o colisión con sus responsabilidades como asociados de AGACOM. Los asociados deberán informar a la asociación en el caso de que ellos o sus familiares cercanos participen o vayan a participar en los órganos de gobierno de otras sociedades que puedan entrar en colisión con los intereses de AGACOM .
Durante el desempeño de sus responsabilidades profesionales, los asociados deben actuar con lealtad y atendiendo a la defensa de los intereses de la Asociación. Asimismo, deben evitar situaciones que puedan dar lugar a un conflicto entre los intereses personales y los de la asociación. Por ello, los asociados de AGACOM deben abstenerse de representar a la asociados e intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que directa o indirectamente tengan un interés personal.
Tratamiento de la información y del conocimiento
AGACOM considera la información y el conocimiento como uno de sus activos principales e imprescindibles para la gestión empresarial, por lo que deben ser objeto de una especial protección. Declara la veracidad de la información como principio básico en todas sus actuaciones, por lo que los asociados deben transmitir de forma veraz toda la información que tengan que comunicar, tanto interna como externamente, y en ningún caso proporcionarán, a sabiendas, información incorrecta o inexacta que pueda inducir a error al que la recibe. Todos los asociados que introduzcan cualquier tipo de información en los sistemas informáticos de la Asociación, deben velar porque ésta sea rigurosa y fiable. En particular, todas las transacciones económicas de la Asociación deberán ser reflejadas con claridad y precisión en los registros correspondientes, a través de las correspondientes Cuentas Contables, así como todas las operaciones realizadas y todos los ingresos y gastos incurridos. Los asociados de AGACOM se abstendrán de cualquier práctica que contravenga el compromiso de reflejar con claridad y precisión todas las transacciones económicas en las Cuentas de la Asociación.
Todos los asociados y Junta Directiva de la Asociación deben guardar la más estricta confidencialidad sobre toda aquella información reservada a la que accedan como consecuencia del desempeño de su actividad profesional. Los asociados que dispongan de información reservada sobre la Asociación, o sobre aspectos importantes de la estrategia, política, planes o activos de AGACOM, deberán preservarla para que no pueda ser utilizada de forma inadecuada y abstenerse de utilizarla indebidamente en beneficio propio o de terceros. Ante cualquier duda sobre el carácter de la información los asociados deben considerarla como reservada mientras no se les indique lo contrario.
AGACOM promueve que la información y conocimiento que se genera en la asociación fluya adecuadamente entre todos sus asociados, para facilitar la gestión de las actividades y potenciar el desarrollo de las personas. Toda la información y el conocimiento, entendido como resultado conceptual de la integración de información diversa, que se genere en el ámbito de la asociación, es propiedad de sus asociados en los términos referidos en la legislación vigente.
AGACOM cumple la legislación vigente en materia de protección de datos, respetando el derecho a la intimidad y protegiendo los datos personales confiados por sus asociados, proveedores y colaboradores externos u otras personas. Los asociados de AGACOM protegen la propiedad intelectual de la Asociación y ajena que incluye, entre otros, derechos de patentes, marcas, nombres de dominios, derechos de reproducción (incluso los derechos de reproducción de software), derechos de diseños, de extracción de bases de datos o sobre conocimientos técnicos especializados. En su relación con terceros, los asociados seguirán escrupulosamente las normas y procedimientos en esta materia para evitar infringir los derechos de terceros.
Relaciones con los asociados
AGACOM asume, lidera e impulsa el compromiso con la calidad, facilitando los recursos necesarios para alcanzar la excelencia y estableciendo las medidas apropiadas para asegurar que la política de calidad sea practicada por todos los asociados de acuerdo con estos principios. AGACOM compite en el mercado de manera leal, y no admite conductas engañosas, fraudulentas o maliciosas que lleven a la Asociación a la obtención de ventajas indebidas. Todos los asociados deben actuar de forma íntegra con el resto de los asociados de AGACOM, teniendo como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad y el desarrollo a largo plazo de unas relaciones basadas en la confianza y en el respeto mutuo.
La información o asesoramiento que se proporcione a los asociados ha de ser siempre suficiente, veraz, oportuna y adecuada. Bajo ningún concepto se podrán facilitar a los asociados informaciones equívocas, ambiguas o poco rigurosas que puedan inducirles a error o a tomar decisiones equivocadas.
Relaciones con empresas colaboradoras y proveedores
AGACOM considera a sus proveedores y empresas colaboradoras parte indispensable para la consecución de sus objetivos de crecimiento y de mejora de la calidad de servicio, buscando establecer con ellos relaciones basadas en la confianza y el beneficio mutuo. AGACOM asume el compromiso de promover entre sus proveedores y colaboradores externos, sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones contractuales, y bajo la premisa del respeto a la facultad de gestión, prácticas acordes con las pautas de conducta incluidas en este Código Ético. Cuando las circunstancias lo aconsejen, la compañía podrá requerir a sus proveedores y empresas colaboradoras el compromiso de hacer suyas y cumplir expresamente con las disposiciones de este Código.
Todos los asociados y Junta Directiva de la Asociación que participen en procesos de selección de proveedores y colaboradores externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios transparentes y cumpliendo, estrictamente y sin excepciones, con la normativa interna en la materia, incluido el procedimiento de Due Diligence de contraparte, el cual analiza y evalúa el riesgo de operaciones con terceros, criterios de calidad y coste y evitando la colisión de sus intereses personales con los de la compañía. Asimismo, AGACOM ofrece a sus proveedores y colaboradores externos la posibilidad de dirigirse confidencialmente, de buena fe y sin temor a represalias, a la Comisión del Código Ético cuando entiendan que las prácticas de los asociados de la Asociación no son conformes a lo que se establece en este Código???. Los acuerdos establecidos entre AGACOM y sus proveedores o empresas colaboradoras incluyen cláusulas en relación con el cumplimiento de determinados estándares éticos, sociales y medioambientales.
Relaciones con los organismos públicos
AGACOM valorará de forma negativa cualquier actuación que suponga la falta de cumplimiento fiel y exacto de sus obligaciones legales y fiscales. En su virtud, los asociados no llevarán a cabo actividad alguna que no esté amparada por la autorización o licencia que en su caso proceda.
AGACOM colaborará con la Administración Pública en todo momento, cumpliendo con sus requerimientos, tanto los referentes a la propia organización, como aquellos relacionados con sus asociados o colaboradores externos
Respeto al medio ambiente
La preservación del medio ambiente es uno de los principios básicos de actuación de AGACOM. Consecuentemente con ello, tiene definida una política e implantado un sistema de gestión medioambiental. Los asociados y la Junta Directiva de la Asociación deben conocer y asumir dicha política y actuar en todo momento de acuerdo con los criterios de respeto y sostenibilidad que inspira, adoptar hábitos y conductas relacionados con las buenas prácticas medioambientales y contribuir positiva y eficazmente al logro de los objetivos establecidos.
Asimismo, los asociados deben esforzarse en minimizar el impacto medioambiental derivado de sus actividades y de la utilización de las instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición, procurando un uso eficiente de los mismos. En sus relaciones con empresas colaboradoras externas, los asociados de la Asociación transmitirán estos principios y exigirán el cumplimiento de los procedimientos y requisitos medioambientales que fueran aplicables en cada caso.
Respeto al medio ambiente
La preservación del medio ambiente es uno de los principios básicos de actuación de AGACOM. Consecuentemente con ello, tiene definida una política e implantado un sistema de gestión medioambiental. Los asociados y la Junta Directiva de la Asociación deben conocer y asumir dicha política y actuar en todo momento de acuerdo con los criterios de respeto y sostenibilidad que inspira, adoptar hábitos y conductas relacionados con las buenas prácticas medioambientales y contribuir positiva y eficazmente al logro de los objetivos establecidos.
Asimismo, los asociados deben esforzarse en minimizar el impacto medioambiental derivado de sus actividades y de la utilización de las instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición, procurando un uso eficiente de los mismos. En sus relaciones con empresas colaboradoras externas, los asociados de la Asociación transmitirán estos principios y exigirán el cumplimiento de los procedimientos y requisitos medioambientales que fueran aplicables en cada caso.
Aceptación y cumplimiento del Código
Este Código Ético es de obligado cumplimiento para todos los asociados de AGACOM y para aquellos terceros que se hayan comprometido voluntariamente a cumplirlo. La compañía comunicará y difundirá entre todos sus asociados, y entre aquellos terceros para los que resulte relevante, el contenido de este Código Ético.
Los asociados deberán comprometerse formalmente con el cumplimiento del Código en el momento en que causen de alta en la Asociación y en aquellas otras circunstancias en las que la compañía lo estime conveniente. Adicionalmente, AGACOM podrá requerir periódicamente a su Junta Directiva y asociados que manifiesten formalmente que conocen y cumplen las pautas de conducta que establece el Código.
AGACOM espera de todos sus asociados un alto nivel de compromiso en el cumplimiento de su Código Ético. Todos los asociados podrán ser evaluados en función del cumplimiento de este Código. Su incumplimiento se analizará de acuerdo con los procedimientos internos, la normativa legal y los convenios vigentes, y en su caso se aplicarán las sanciones procedentes. Cualquier duda que pueda surgir sobre la interpretación o aplicación de este Código Ético deberá consultarse con la Junta Directiva, o en caso necesario con la Comisión del Código Ético?????.
Nadie, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un asociado que contravenga lo establecido en el presente Código Ético. Ningún asociado puede justificar una conducta impropia amparándose en el desconocimiento del presente Código.
Los incumplimientos del Código Ético ponen en riesgo la reputación de AGACOM y podrían comprometer su solidez. Por tal motivo, todos los asociados y la Junta Directiva de la Asociación tienen la obligación de informar a su superior jerárquico o a la Comisión del Código Ético????, cualquier incumplimiento o mala práctica que pudieran observar en el desempeño de sus actividades profesionales.
AGACOM ha establecido canales formales supervisados por la Comisión del Código Ético????, para que todos sus asociados puedan realizar de buena fe y sin temor a represalias, consultas o comunicaciones de incumplimientos de lo establecido en este Código.
Comisión del Código Ético
La Comisión del Código Ético es un órgano de consulta y recomendación que tiene por finalidad:
- Fomentar la difusión, conocimiento y cumplimiento del Código Ético.
- Interpretar el Código Ético y orientar las actuaciones en caso de
- Facilitar la resolución de conflictos relacionados con la aplicación del Código Ético.
- Facilitar y gestionar una vía de comunicación a todos los asociados, proveedores y empresas colaboradoras para la realización de buena fe y sin temor a represalias de consultas o comunicaciones de incumplimientos del Código Ético o de cualquier otra información relacionada.
- Realizar informes a los Órganos de Gobierno de AGACOM acerca de la difusión y cumplimiento del Código Ético, así como de las actividades de la propia Comisión, elaborando recomendaciones o propuestas oportunas para mantenerlo actualizado, mejorar su contenido y facilitar la aplicación de aquellos aspectos que requieran una especial consideración.
La Comisión estará formada por xxxxxxxxxxx miembros designados por el Comité de Dirección, quienes elegirán entre ellos al presidente de la misma.
Vigencia
El Código Ético entra en vigor en el día de ….
A) aprobación de estatutos.
B) su publicación a todos los asociados y miembros de la Junta Directiva y estará vigente en tanto no se apruebe su anulación. Se revisará y actualizará periódicamente por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión del Código Ético, que tendrá en cuenta para ello las sugerencias y propuestas que realicen los asociados y los compromisos adquiridos por AGACOM en materia de responsabilidad social y buen
Régimen disciplinario
Cuando el Órgano de Supervisión determine que un Asociado ha incumplido el presente Código Ético, encomendará a …………………… la aplicación de las medidas disciplinarias conforme al régimen de faltas y sanciones previsto en el Estatuto de la Asociación.
El incumplimiento del Código Ético puede dar lugar además de medidas disciplinarias a la denuncia ante las autoridades administrativas o penales que, en su caso, puedan también resultar de aplicación.
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